Principios y circunstancias: el caso De Juana

Ignacio Sánchez-Cuenca

El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ejerciendo los poderes que le otorga la ley, tras recabar los informes preceptivos de instituciones penitenciarias y de la fiscalía, ha decidido que el recluso Ignacio De Juana Chaos, por motivos humanitarios, cumpla lo que le queda de condena en régimen de prisión atenuada (técnicamente, segundo grado). Ante todo, resulta imprescindible subrayar, frente a las reacciones histéricas de la derecha y de tanto luchador anti-ETA sobrevenido, que la decisión del Ministro de Interior se hace desde el respeto más escrupuloso al Estado de derecho. El Gobierno no ha quebrado en ningún momento el Estado de derecho. El régimen de cumplimiento de condena era una decisión discrecional del Gobierno. Tan legal hubiera sido no pasar a De Juana al segundo grado como pasarle. El Estado de derecho no consiste en poner cara de perro y dar leña al mono. Se trata de que los poderes públicos cumplan la legalidad, eso es todo. ¿Ha hecho bien el Gobierno tomando esa decisión? Resulta muy difícil ofrecer una respuesta tajante porque se trata de un caso extremadamente complejo. Enumero tres elementos que contribuyen mucho a enmarañar el problema:

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